El Banco Central de Perú aclara los límites contractuales de los adquirentes, pero expertos prevén retos en cláusulas de permanencia
El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) dictó una norma para regular el servicio de aceptación de pagos que prohíbe cláusulas que restrinjan a los comercios la contratación de otros aceptadores de pagos. La norma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027, tampoco permite establecer tarifas o descuentos especiales que incentiven el uso exclusivo de un solo aceptador.
Con la aprobación de la circular No. 0026-2026-BCRP, el regulador busca que exista libertad para elegir con cuáles proveedores trabajar, mientras deja un margen de negociación acotado para los aceptadores.
Accede al análisis que impulsa la toma de decisiones en la banca latinoamericana
Este contenido exclusivo está disponible solo para miembros registrados de iupana.
Regístrate gratis o inicia sesión para leer el artículo completo y descubrir:
Perspectivas estratégicas sobre innovación, regulación y tendencias en banca digital y fintech
Entrevistas con líderes que están transformando el sector financiero en la región
Reportes y estudios que anticipan los cambios clave del mercado
Acceso prioritario a información para tomar decisiones informadas y fortalecer tu liderazgo
Únete a la comunidad de ejecutivos que marcan la diferencia en la transformación digital de la banca.



